Los notarios piden un 'pacto marciano' para evitar abusos en ejecuciones hipotecarias.
Dación en pago, ejecución en pago... ¿o pacto marciano? Entendiéndose por éste como "aquel pacto celebrado entre el deudor y el acreedor, que consiste en que ante un incumplimiento de la obligación de pago, en el momento del vencimiento de la obligación principal, el acreedor podría quedarse en propiedad con la cosa objeto de la garantía, previa justa valoración de la misma, con deber de reintegrar el excedente de dicha valoración en relación con el importe de la deuda ejecutada".
A menos de una semana para las elecciones generales del 20N, siguen surgiendo propuestas de cara a una triste realidad que podría llegar a cobrarse hasta 700.000 ejecuciones hipotecarias. Los últimos en pronunciarse han sido los notarios. Con anterioridad y durante meses, organizaciones de consumidores y usuarios, plataformas de afectados por las hipotecas vienen pidiendo la dación en pago. Esto es, que la entrega de llaves de la vivienda salde la deuda con el banco.
Las propuestas de los políticos van en otra dirección. El candidato del PSOE a las elecciones, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha propuesto la dación en pago, pero no con efectos retroactivos, mientras que otros partidos políticos como CiU es más partidario de la ejecución en pago. Esto es, cuando el ciudadano ya se encuentra ante los tribunales a la espera de que subasten su vivienda, el partido catalán pretende que se pueda devolver la vivienda en pago de la deuda cuando se produzca una"insolvencia sobrevenida" con el juez como garantía o que los contratos con cláusulas abusivas pueda conllevar la suspensión de la ejecución hipotecaria.
Ahora, los notarios van un paso más allá con la propuesta de una alternativa a la dación en pago, expuesta recientemente por el notario de Madrid, Javier Gardeazábal. Se trata de la conocida como 'pacto marciano', "proveniente del Derecho Romano, y que ofrece la posibilidad de que, mediante una tasación independiente, se pueda quedar el acreedor con la finca sin procedimiento judicial, a cambio de que el deudor quede liberado, sin necesidad de adjudicación en pago".
Gardeazábal explicaba recientemente que una vez haya sido determinado el valor justo de la cosa, "el deudor tendrá derecho a percibir la diferencia entre ese valor y el importe de la deuda. Se evita así el enriquecimiento injustificado del acreedor". Ha añadido que para "dar eficacia a estos pactos puede ser conveniente la atribución de un poder irrevocable a un tercero que ejecute la venta y realice las operaciones de liquidación y pago de la deuda".
Así, el notario apuntaba que "incluso sería posible asignar al tercero el papel de arbitrador a fin de integrar la relación jurídica en las cuestiones que pudieran quedar pendientes". Así mismo, ha recordado que la "validez de estos pactos ha sido reconocida por la Jurisprudencia y por la doctrina mayoritariamente".
"Situaciones abusivas para el deudor"
En un momento en el que la imagen de los notarios ha quedado 'tocada' tras la investigación abierta por la Fiscalía para determinar si notarios y registradores cobraron de más en la cancelación de hipotecas, los primeros han querido dejar clara cuál es su postura respecto a un drama que cada día afecta a más ciudadanos. "En el actual sistema de ejecuciones hipotecarias, hay determinadas disfunciones o situaciones perjudiciales o abusivas para el deudor" y ha considerado que es "preciso corregirlas en aras de una mayor equidad", aseguraba este martes el vicepresidente del Consejo General del Notariado, Joan Carles Ollé, en la cuarta sesión del XI Congreso Notarial Español, que se celebra en Benidorm (Alicante).
Ollé ha apuntado que el actual sistema tiene "disfunciones, situaciones perjudiciales y abusivas", aunque también ha resaltado que la "figura de la dación en pago obligatoria que se está reivindicando desde diversos sectores, tiene el inconveniente que conduce inexorablemente a la pérdida de la vivienda", según ha indicado el consejo en un comunicado.
Por ello, ha explicado que los notarios son "más partidarios de soluciones novativas, extrajudiciales, mediadoras que busquen alternativas y soluciones a la pérdida de la vivienda de las familias". Entre ellas ha citado la "limitación de los intereses de demora, claramente excesivos en estos momentos; la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que es claramente mejorable en muchos aspectos; la potenciación del procedimiento de ejecución extrajudicial, que es más rápido, sencillo y económico".
También ha apostado por la posibilidad de una "regulación el concurso de particulares o, incluso, estudiar y promover una Ley de segunda oportunidad, a la manera otros países de nuestro entorno, como Bélgica, Alemania o Francia". También el PP, en relación con las ejecuciones hipotecarias, también contempla en su programa electoral una reforma de la ley concursal "para introducir en los procedimientos de insolvencia de las personas físicas, con las debidas garantías para evitar comportamientos abusivos, mecanismos de liberación de los deudores tras la ejecución del patrimonio embargable".
En relación a estos pactos también se pronunció el coordinador de la sesión, José Ángel Martínez, quien se ha referido a "la reciente Orden de Transparencia de 28 de octubre de este año, que suscitará la posibilidad de introducir este pacto, que sería una manera de conseguir lo mismo que con la adjudicación en pago, a menor coste, de forma sencilla, y en todo caso más justa si el piso posee mayor valor que la deuda".
Flexibilidad
Por su parte, el notario de Madrid, Juan Álvarez-Sala, ha considerado en su ponencia que "ahora que han llegado las vacas flacas, lo que importa son los matices de técnica procesal que aseguren la justicia de la ejecución hipotecaria, desde el punto de vista, por parte del ejecutado, del derecho a un proceso ejecutivo con todas las garantías, pero también por parte del ejecutante, procurándole un proceso sin dilaciones indebidas como modo de una tutela judicial efectiva".
"La búsqueda de este equilibrio en la ejecución, en beneficio del deudor, debiera llevar así, probablemente, a una interpretación más flexible de las causas de oposición al procedimiento hipotecario, ampliándolas, por lo menos, a cualquier pago acreditado de la deuda", ha sostenido.
Fuente: El Confidencial 15/11/2011.
Dación en pago, ejecución en pago... ¿o pacto marciano? Entendiéndose por éste como "aquel pacto celebrado entre el deudor y el acreedor, que consiste en que ante un incumplimiento de la obligación de pago, en el momento del vencimiento de la obligación principal, el acreedor podría quedarse en propiedad con la cosa objeto de la garantía, previa justa valoración de la misma, con deber de reintegrar el excedente de dicha valoración en relación con el importe de la deuda ejecutada".
A menos de una semana para las elecciones generales del 20N, siguen surgiendo propuestas de cara a una triste realidad que podría llegar a cobrarse hasta 700.000 ejecuciones hipotecarias. Los últimos en pronunciarse han sido los notarios. Con anterioridad y durante meses, organizaciones de consumidores y usuarios, plataformas de afectados por las hipotecas vienen pidiendo la dación en pago. Esto es, que la entrega de llaves de la vivienda salde la deuda con el banco.
Las propuestas de los políticos van en otra dirección. El candidato del PSOE a las elecciones, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha propuesto la dación en pago, pero no con efectos retroactivos, mientras que otros partidos políticos como CiU es más partidario de la ejecución en pago. Esto es, cuando el ciudadano ya se encuentra ante los tribunales a la espera de que subasten su vivienda, el partido catalán pretende que se pueda devolver la vivienda en pago de la deuda cuando se produzca una"insolvencia sobrevenida" con el juez como garantía o que los contratos con cláusulas abusivas pueda conllevar la suspensión de la ejecución hipotecaria.
Ahora, los notarios van un paso más allá con la propuesta de una alternativa a la dación en pago, expuesta recientemente por el notario de Madrid, Javier Gardeazábal. Se trata de la conocida como 'pacto marciano', "proveniente del Derecho Romano, y que ofrece la posibilidad de que, mediante una tasación independiente, se pueda quedar el acreedor con la finca sin procedimiento judicial, a cambio de que el deudor quede liberado, sin necesidad de adjudicación en pago".
Gardeazábal explicaba recientemente que una vez haya sido determinado el valor justo de la cosa, "el deudor tendrá derecho a percibir la diferencia entre ese valor y el importe de la deuda. Se evita así el enriquecimiento injustificado del acreedor". Ha añadido que para "dar eficacia a estos pactos puede ser conveniente la atribución de un poder irrevocable a un tercero que ejecute la venta y realice las operaciones de liquidación y pago de la deuda".
Así, el notario apuntaba que "incluso sería posible asignar al tercero el papel de arbitrador a fin de integrar la relación jurídica en las cuestiones que pudieran quedar pendientes". Así mismo, ha recordado que la "validez de estos pactos ha sido reconocida por la Jurisprudencia y por la doctrina mayoritariamente".
"Situaciones abusivas para el deudor"
En un momento en el que la imagen de los notarios ha quedado 'tocada' tras la investigación abierta por la Fiscalía para determinar si notarios y registradores cobraron de más en la cancelación de hipotecas, los primeros han querido dejar clara cuál es su postura respecto a un drama que cada día afecta a más ciudadanos. "En el actual sistema de ejecuciones hipotecarias, hay determinadas disfunciones o situaciones perjudiciales o abusivas para el deudor" y ha considerado que es "preciso corregirlas en aras de una mayor equidad", aseguraba este martes el vicepresidente del Consejo General del Notariado, Joan Carles Ollé, en la cuarta sesión del XI Congreso Notarial Español, que se celebra en Benidorm (Alicante).
Ollé ha apuntado que el actual sistema tiene "disfunciones, situaciones perjudiciales y abusivas", aunque también ha resaltado que la "figura de la dación en pago obligatoria que se está reivindicando desde diversos sectores, tiene el inconveniente que conduce inexorablemente a la pérdida de la vivienda", según ha indicado el consejo en un comunicado.
Por ello, ha explicado que los notarios son "más partidarios de soluciones novativas, extrajudiciales, mediadoras que busquen alternativas y soluciones a la pérdida de la vivienda de las familias". Entre ellas ha citado la "limitación de los intereses de demora, claramente excesivos en estos momentos; la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que es claramente mejorable en muchos aspectos; la potenciación del procedimiento de ejecución extrajudicial, que es más rápido, sencillo y económico".
También ha apostado por la posibilidad de una "regulación el concurso de particulares o, incluso, estudiar y promover una Ley de segunda oportunidad, a la manera otros países de nuestro entorno, como Bélgica, Alemania o Francia". También el PP, en relación con las ejecuciones hipotecarias, también contempla en su programa electoral una reforma de la ley concursal "para introducir en los procedimientos de insolvencia de las personas físicas, con las debidas garantías para evitar comportamientos abusivos, mecanismos de liberación de los deudores tras la ejecución del patrimonio embargable".
En relación a estos pactos también se pronunció el coordinador de la sesión, José Ángel Martínez, quien se ha referido a "la reciente Orden de Transparencia de 28 de octubre de este año, que suscitará la posibilidad de introducir este pacto, que sería una manera de conseguir lo mismo que con la adjudicación en pago, a menor coste, de forma sencilla, y en todo caso más justa si el piso posee mayor valor que la deuda".
Flexibilidad
Por su parte, el notario de Madrid, Juan Álvarez-Sala, ha considerado en su ponencia que "ahora que han llegado las vacas flacas, lo que importa son los matices de técnica procesal que aseguren la justicia de la ejecución hipotecaria, desde el punto de vista, por parte del ejecutado, del derecho a un proceso ejecutivo con todas las garantías, pero también por parte del ejecutante, procurándole un proceso sin dilaciones indebidas como modo de una tutela judicial efectiva".
"La búsqueda de este equilibrio en la ejecución, en beneficio del deudor, debiera llevar así, probablemente, a una interpretación más flexible de las causas de oposición al procedimiento hipotecario, ampliándolas, por lo menos, a cualquier pago acreditado de la deuda", ha sostenido.
Fuente: El Confidencial 15/11/2011.
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