EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
La insuficiencia de las medidas
adoptadas en favor de las familias a lo largo de la crisis económica que azota
a nuestro país y la grave alarma social planteada, tanto por los datos que
arrojan las propias instituciones judiciales sobre la realidad de los embargos
y procedimientos judiciales, como por el drama social que ha intentado modular
la labor humanitaria y solidaria de paralización de desahucios que el
movimiento 15M y las PAHs, haN llevado a cabo, han puesto de manifiesto ante la
opinión pública una vez más la necesidad de tomar alguna medida política de
urgencia para paliar el grave problema hipotecario que viven las familias en
nuestro país.
El gran damnificado jurídica y económicamente
de la actual crisis es sin duda el consumidor de créditos y de vivienda.
Para poder acceder a una vivienda las
familias contrajeron, hasta el año 2007, hipotecas de hasta 40 años
comprometiendo en muchos casos más del 50% de sus ingresos.
En muchas ocasiones, además, las
hipotecas se concedieron por un importe superior al 100% del valor de tasación,
frente al 80% exigido por la Ley del Mercado Hipotecario, lo que supone una
exposición desmesurada al riesgo.
Además las condiciones en las que se
concedieron estos préstamos fueron precarias y lamentables para el consumidor:
cláusulas abusivas, engaños en la tasación, productos tóxicos vinculados y nula
evaluación de la capacidad de pago y por tanto del riesgo por parte de las
entidades financieras.
Además del estallido de la burbuja
inmobiliaria y la posterior crisis financiera y económica, otras muchas
circunstancias han dejado a millones familias en situaciones económicas dramáticas
que no parecen coyunturales sino más bien estructurales, lo que hace que estos
hogares no puedan afrontar el pago de sus obligaciones crediticias en general
y, por su especial volumen y trascendencia, a la cabeza de ellas, la hipoteca,
viéndose abocadas a un panorama muy desalentador.
El Real Decreto Ley: única vía para
aprobar la moratoria PROPUESTA.
Son varios los datos que hablan bien
a las claras de la imperiosa necesidad de aprobar medidas eficaces; como la
moratoria que se propone, que ponga solución a los problemas de los millones de
familias hipotecadas expuestas a este tipo de situaciones:
a) En primer lugar, los datos dramáticos
que existen desde 2007, año en que estalló la crisis (estadísticas publicadas
por el Consejo General del Poder Judicial):
El número de embargos hipotecarios
desde 2007 hasta 2010 se acerca al medio millón y los embargos de otro tipo
durante la crisis alcanzan los 2.818.577, de los que más de un millón
corresponden a consumidores.
Estos datos añaden aún más alarma
social al de 270.000 desahucios llevados a cabo en condiciones inhumanas,
percibidas por la población como injustos por el hecho de haber sido realizados
por unas entidades que están siendo objeto de ingentes ayudas por los poderes públicos.
La evolución de las estadísticas ha
tenido un crecimiento exponencial: las previsiones para el 2011 multiplican
casi por cinco las actuaciones de embargo realizadas en 2007.
b) Los ratios de endeudamiento de las
familias, en proporción a la renta disponible: La proporción entre renta y
endeudamiento ha crecido desde el 45% en el año 1995 o del 76,7% en 2001 hasta
sobrepasar el 140% en 2008.
c) No hay que olvidar que las
familias son una de las piedras angulares en las que debe apoyarse la
recuperación económica del país en base, entre otras cosas, al consumo interno
el cual queda ahogado por la deuda hipotecaria.
d) El propio Gobierno ha venido a
reconocer en el mes de mayojunio la gravedad del problema y la necesidad de
darle urgente solución aprobando una serie de medidas, en el debate sobre el
Estado de la Nación, que han sido consideradas manifiestamente insuficientes
pero que han evidenciado la urgente necesidad de acometer reformas.
Por todo ello, están plenamente
justificadas las “razones de urgencia” que exige el art. 86 de la CE para que
el Gobierno pueda adoptar un Real Decreto Ley.
Además la materia (contratos,
hipotecas y derecho a la vivienda y a la
integridad económica de la unidad
familiar) no están entre los derechos del Título I de la Constitución Española
y por tanto pueden ser regulados a través de un Real Decreto.
En ningún caso resultarían aceptables
los tiempos necesarios para la aprobación de una Ley, ya que se correría el
riesgo de un agravamiento o irreversibilidad de muchas situaciones.
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