La objeción de conciencia puede
articularse en un Estado democrático de Derecho “desde el respeto a la legalidad
vigente”.
Considero, además, que la objeción de
conciencia es una figura jurídica que tiene su fundamento último en la dignidad
de la persona.
Mi argumentación coincide con la de Ángela Aparisi – catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Navarra- y se centra en justificar la posibilidad de articular, en un Estado democrático de Derecho, el respeto a la legalidad vigente y el reconocimiento de la objeción de conciencia, en aquellos casos en los que esté justificada.
Planteo la siguiente cuestión:
Mi argumentación coincide con la de Ángela Aparisi – catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Navarra- y se centra en justificar la posibilidad de articular, en un Estado democrático de Derecho, el respeto a la legalidad vigente y el reconocimiento de la objeción de conciencia, en aquellos casos en los que esté justificada.
Planteo la siguiente cuestión:
Si el respeto al Derecho es una de
las aspiraciones de la democracia, admitir una forma de desobediencia, como es
la objeción de conciencia, ¿no contribuirá a minar sus fundamentos?.
“En realidad, esta figura jurídica
permite afrontar, de una manera adecuada, los inevitables conflictos que
necesariamente se plantean, entre mayorías y minorías, en toda sociedad
plural”, afirma.
“La democracia es un ideal político que persigue, no sólo el respeto a la legalidad, sino también una serie de valores de la máxima importancia: la garantía de los derechos humanos, la igualdad de condiciones, la libertad individual, el acceso en condiciones de igualdad a la cultura, a la economía, la participación ciudadana...”,
“La democracia es un ideal político que persigue, no sólo el respeto a la legalidad, sino también una serie de valores de la máxima importancia: la garantía de los derechos humanos, la igualdad de condiciones, la libertad individual, el acceso en condiciones de igualdad a la cultura, a la economía, la participación ciudadana...”,
¿Y hasta que punto la objeción de
conciencia puede ser considerada como un derecho humano?.
Dicha dignidad implica el necesario
reconocimiento del derecho a la libertad ideológica, religiosa y de conciencia.
Ello, a su vez, implica la garantía,
por parte de los poderes públicos y del resto de los ciudadanos, de que no sólo
el juicio personal, sino también las lógicas consecuencias que del mismo se
derivan, se van a poder llevar a cabo con libertad.
Por otro lado, en la historia de la conquista de los derechos humanos se puede comprobar que, precisamente, el disenso social y las demandas de objeción de conciencia, no se han limitado a producir una relajación hipotética de la normativa vigente, en aras del respeto a la dignidad humana.
Por otro lado, en la historia de la conquista de los derechos humanos se puede comprobar que, precisamente, el disenso social y las demandas de objeción de conciencia, no se han limitado a producir una relajación hipotética de la normativa vigente, en aras del respeto a la dignidad humana.
“También, incluso prioritariamente,
han producido un enriquecimiento positivo del ordenamiento jurídico: han
humanizado el Derecho, han obligado al Estado a no imponer su ideología. Ello,
a lo largo de la historia, ha permitido respetar, no ya a las minorías, sino al
hombre individual, permitiendo al derecho trascender, de lo formalmente legítimo,
a lo materialmente justo”.
Es por todo lo anterior que defiendo
la necesidad de que este asunto se lo plantee personalmente todos y cada uno de
los que por mor de su trabajo estan siendo “colabgoradores necesarios” de una
Ley no etica que esta produciendo sufrimiento en la población en la que se
aplica e incluso como se esta viendo, hasta suicidios.
Una ley que produce estos estragos en
la vida humana, que ademas de matar eleva a la condicion dfe Excluidos Sociales
a seres inocentes como niños y ancianos, no debe ser aplicada.Me refiero claro
a la Ley Hipotecaria.
Mientras los legisladores no sean
capaces de torcer esta deriva de una ley que tiens mas de un siglo de vida,
dentro de una Sociedad cambiante, mientras eso no ocurra.
Se debera ajustar la etica de quien
haya de participar en este proceso y sera del todo justo solicitar “la objeción
de conciencia”.
Quienes, bien por su pensamiento,
bien por algun temor social no la apliquen, no se deberan sorprender que la
Sociedad les hagamos responsables de su Quota parte de responsabilidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario