Lo que os voy a contar a continuación,
es un hecho totalmente cierto, basado en una de las últimas experiencias de la
PAH.Altea.
Una familia, previamente
desestructurada -separación de cónyuges -, se plantea la petición de un
préstamo hipotecario a una entidad financiera de la provincia -Alicante -.
Utilizan como garantía del préstamo
un bien registrado a nombre de los cónyuges, con una situación de precio medio
alto dentro de la localidad donde se ubica, con una superficie de 87 m² y con unas mejoras,
justificadas mediante factura que ascienden a más de €5000 en los últimos dos
años.
Este inmueble, que con la burbuja
inmobiliaria habría tenido un valor de mercado que ronda se los €230,000, ya
que estamos hablando de la zona de Alicante -costera.
El valor de tasación a efectos de
subasta de este bien, garantizado por la correspondiente tasación oficial,
rubricada por el correspondiente notario oficial y sentenciada por la notación
en el registro oficial, por el correspondiente registrador.
De todo lo cual, se han liquidado los
impuestos correspondientes.
Es decir con la aquiescencia de todas
las partes que intervienen en la llamada “ legalidad vigente”. El valor de
tasación pues es de €15,000.
Repito €15,000.
De tal forma que este bien ha sido
ejecutado como consecuencia del impago de una deuda de €10,000; a los que
sumando costas y gastos de procedimiento resultaba una suma de algo más de
€13,000.
Lógicamente y de acuerdo a la
legalidad vigente, a esta subasta acudió un -tercero de buena fe -; otra
entidad financiera. Que se lo adjudicó por el 72.7% de su valor de tasación.
Es por ello que de acuerdo a la ley
de procedimiento hipotecario, los posibles derechohabientes -hijos, etc. -no
podría nunca ejercitar el derecho de tanteo.
Hasta aquí todo se ha realizado de
acuerdo a la -legalidad vigente -.
Hasta aquí, lo que se ha realizado es
una ESTAFA, amparada en una legalidad que aún que -vigente -ni es ética ni
constitucional.
El lanzamiento a esta familia, estaba
previsto para el viernes pasado.
Ha sido la sin duda providencial
publicación de la última legislación que intenta dice -proteger a familias de
especial vulnerabilidad -, y que personalmente creo que ampara a menos de un 1
× 1000 de los casos reales de -vulnerabilidad -.
Ha sido pues este decreto el que ha
permitido al juez que entiende del asunto, paralizar dicho desahucio. Mediante
la presentación del correspondiente escrito auspiciado por PAH-Altea.
Independientemente de lo alegres que
nos pusimos todos al lograr la paralización de tamaña estupidez. Lo que
pretendo dejar constancia en este escrito es de la inmensa cantidad de
cuestiones pre judiciales, que la actual ley de ejecución hipotecaria no
permiten discutir como previo a la admisión a trámite de la demanda de
ejecución.
Dejar constancia aquí pues, de la
cantidad de injusticias que con los menos favorecidos, que con los pre
excluidos sociales de esta estúpida sociedad estamos cometiendo.
Me gustaría por tanto y; en
consecuencia con lo que ya ha dejado -blanco sobre negro -la relatora de las Naciones
Unidas, además de lo que también sobre papel ha dejado claro en la fiscalía de
la corte internacional europea.
Querría pedir a los legisladores, a
los jueces, a los bancos y en general a todo aquel que tenga algo que ver en la
ejecución de procesos hipotecarios. Que sepa, que al albur de la -legislación
vigente -estamos amparando a auténticas mafias que se están formando a costa
del sudor de familias de trabajadores.
Es por todo lo anterior que urjo a
quien tenga competencias para hacerlo, a que en la modificación del decreto ley
actualmente en funcionamiento, se incorpore la capacidad de demandar de la
justicia -se sustancien-previamente a la ejecución hipotecaria cuantas
cuestiones pre judiciales se presenten debidamente razonadas ante el juzgado.
En el caso que nos ocupa, la vivienda
ha sido subastada, la subasta ha sido ratificada, el adjudicatario final de la
subasta es un -tercero de buena fe -; cosa que nadie se quede claro.
Ahora, para solucionar un hecho tan
evidente como es la indecente tasación del bien por un valor que ronda
aproximadamente el 10% de su valor real de tasación.
Para solucionar este hecho sin duda
prejudicial, los titulares deberán presentar una demanda por estafa ante la
entidad financiera.
Y aún suponiendo que consiguieran que
la justicia les diera la razón, sin duda, ese -tercero de buena fe -presentará
una tercería de mejor derecho puesto que argumentará que el nada sabía del
asunto.
En todo caso y en el asunto que nos
ocupa, simplemente por el hecho, de no discutir las cuestiones a su tiempo.
Será sin duda de difícil -imposible
resarcimiento a los titulares perjudicados en cuanto a la posibilidad de volver
a disponer de la titularidad de la vivienda objeto de la presente estafa.
De todo lo anterior y por si alguien
tiene alguna duda, la plataforma de afectados por la hipoteca de Altea tiene
absolutamente la totalidad de documentación. Y además va a emplear sus escasos
recursos y todo su empeño en demostrar que este hecho ha de ser corregido.
Estoy seguro, que asuntos como el
especificado anteriormente los hay a cientos en la geografía española a lo
largo de estos últimos años.
A la clase política te digo, por fin.
HASTA CUANDO.
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